Los taxistas de Segovia recogerán clientes en los pueblos
El cese de la obligación para los taxistas de recoger a clientes únicamente en el municipio que les expidió la licencia tiene fecha de caducidad:
El 3 de julio de este año, entrará en vigor la Ley 9/2018, de 20 de diciembre, de transporte público de viajeros por carretera de Castilla y León, esta marcará el final de la restricción.
Según el texto legal, el taxista podrá recoger en otro municipio a un cliente que le contrate previamente, siempre que el punto de regreso sea el del ámbito de su licencia.
El artículo 48 de la nueva Ley fija para los servicios de taxi que sean objeto de contratación previa entre el titular de la actividad y el cliente, bien directamente bien mediante la utilización de centrales de reserva u otros sistemas telemáticos alternativos, que:
«El acceso de las personas usuarias al vehículo podrá efectuarse en distinto término municipal a aquel en el que esté domiciliada la licencia de taxi. En este caso el servicio contratado deberá tener por destino efectivo el municipio en el que está domiciliada la licencia de taxi».
Para el presidente de la Federación de Taxistas de Castilla y León (FecylTax), Roberto Merino, «es necesario que los taxis puedan atender a la capital y viceversa, lo suyo es evitar conflictos y que la gente contemple como una opción más para el servicio y que no tengamos tantas trabas y cortapisas como antes de la Ley».
Adecuación
En el artículo 43.2 del texto se dice textualmente: «Los vehículos destinados a la prestación de servicios de taxi se ajustarán a las características técnicas, estéticas y de equipamiento que se determinen a través de la correspondiente ordenanza municipal (…) la imagen exterior deberá ser de color blanco, de manera que permita identificar los vehículos que presten servicios de taxi en la Comunidad de Castilla y León.
Asimismo, se hará constar de manera visible en el exterior del vehículo los signos distintivos del ayuntamiento correspondiente».
Además, los vehículos que presten servicios de taxi sujetos a autorización interurbana, deberán estar equipados con un aparato taxímetro debidamente precintado, homologado y verificado.
También deben estar equipados con un módulo luminoso exterior que señale claramente, de acuerdo con la normativa técnica de aplicación, tanto la disponibilidad del vehículo para prestar el servicio como la tarifa que resulte de aplicación.
Hoja de ruta
Asimismo, el taxista contratado deberá llevar una hoja de ruta, pendiente de la oficial que emita la Junta, para que esté identificada la persona a la que vayan a recoger.
En este sentido, el texto legal señala que «el contrato de transporte deberá documentarse por escrito, sin perjuicio del establecimiento de medios electrónicos para su acreditación y llevarse en un lugar visible del vehículo».
Los taxistas de Segovia recogerán clientes en los pueblos